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Estudio orientado al manejo de la escoria de aluminio generada en el área de colada de CVG Venalum (página 2)



Partes: 1, 2

La materia prima principal para producir el aluminio es
la alúmina u Óxido de Aluminio, el cual se extrae
de la bauxita, que incluye una mezcla de óxidos de
aluminio hidratados. Desde el punto de vista ambiental, el
aluminio el aluminio es un elemento reciclable.

3.2.2 PROCESO DE PRODUCCIÓN DEL ALUMINIO
El proceso de producción de la bauxita se inicia con la
explotación del yacimiento por métodos
convencionales a cielo abierto, sin voladuras, después de
removida y apilada la capa vegetal para uso posterior dirigido a
la reforestación.

El mineral de bauxita, cuyas reservas probables en Los
Pijiguaos son de 5.000 toneladas y de las cuales 150 toneladas
son reservas probadas (25 años de capacidad actual), se
extrae directamente de los diferentes bloques del yacimiento, a
objeto de obtener la calidad requerida del mineral, con palas
hidráulicas que arrancan y cargan la bauxita en camiones
roqueros de 50 toneladas para su transporte hasta la
estación de trituración.

En el sistema de trituración la bauxita es
trasladada a través de un transportador de placas hasta el
molino, que tiene como función reducir el material a una
granulometría menor de 100 mm para su transporte y mejor
manejo. Este sistema está constituido por una tolva de
alimentación principal, un transportador, un sistema de
muestreo y una balanza electrónica.

Una vez triturado el material es recibido por una tolva
de transferencia hacia la correa de bajada de 1600 toneladas por
hora, que a través de una longitud de 4.2 km. y utilizando
tecnología del tipo teleférico o clave lleva la
bauxita a pie de cerro. La correa de bajada dispone de un sistema
regenerativo que consiste en el suministro inicial de
energía para su puesta en marcha, en tanto que la
energía que la mantiene en funcionamiento es autogenerada
por el peso del material que se desplaza a través de
ella.

En una trayectoria descendiente por la ladera de la
serranía de Los Pijiguaos, conocida como cerro la
Guacamaya, la correa de bajada deposita el material en los 4
patios de apilamiento de 225.000 t. cada uno o carga directamente
el ferrocarril de transferencia estacionado en pie de cerro,
desde donde salen 28 vagones con destino al puerto de El Jobal,
distante a 50 km., sobre la margen derecha del río
Orinoco. En el caso del material almacenado en los patios, el
mismo es manejado por intermedio de un recuperador con capacidad
de 3600 toneladas por hora y transportado por correas hasta el
sistema de carga de vagones.

Finalmente, gabarras con capacidad de 1500 a 2000
toneladas, auxiliadas por remolcadores, transportan el mineral
desde el puerto fluvial de El Jobal a través del
río Orinoco hasta la operadora de alúmina en Ciudad
Guayana, en un recorrido de 650 km.

El proceso de producción aplicado en CVG Bauxilum
para la refinación del mineral de bauxita y posterior
obtención de alúmina de grado metalúrgico,
tiene los mismos principios del proceso químico
desarrollado en Austria por Karl Joseph Bayer en 1887, con la
introducción de las tecnologías más
recientes. Dicho proceso está dividido en 3 grandes
áreas: manejo de materiales, lado rojo y lado
blanco.

El área de manejo de materiales está
conformada por los equipos que permiten el manejo de bauxita,
soda cáustica y la exportación del producto final,
además cuenta con silos de almacenamiento de bauxita con
una capacidad de 1.800.000 t. y un silo de alúmina con una
capacidad de 150.000 t.

El lado rojo está conformado por las unidades del
proceso que permiten: la reducción del tamaño de
partículas del mineral, la extracción de la
alúmina contenida en la bauxita por medio de la
digestión con soda cáustica y la separación
de las impurezas que acompañan a la alúmina en la
bauxita, a fin de prevenir la contaminación del producto
final.

En el lado blanco, después de filtrados, el licor
rico en alúmina se somete a una fase de enfriamiento que
lo condiciona para la fase de precipitación, donde se
obtienen los cristales de alúmina hidratada. Estos
cristales se clasifican por tamaño para obtener una
fracción gruesa que se conoce como hidrato de
alúmina, el cual es enviado a una fase de
filtración y lavado donde se separa totalmente la soda
cáustica, y 2 fracciones más finas conocidas como
semilla fina y gruesa, que serán recicladas en la fase de
precipitación.

La conclusión del proceso Bayer ocurre en los
calcinadores, constituidos por grandes hornos que eliminan la
humedad de la alúmina hidratada para obtener la
alúmina de grado metalúrgico, producto final
dispuesto para ser utilizado en las reductoras.

En el año 1992, la operadora de alúmina
incrementó su capacidad de 1.000.000 t. a 2.000.0000 t.
mediante un proyecto de ampliación que consistió en
el aumento de los procesos y la construcción de nuevas
unidades. El desarrollo de este proyecto se cubrió bajo 2
grandes objetivos; el primero, aumentar la productividad,
eficiencia y factor operativo de la planta, y el segundo,
aumentar la capacidad de procesamiento de la planta al uso de
100% bauxita de los Pijiguaos.

Esta ampliación permitió ubicar a la
operadora de alúmina como la 3era planta más grande
del mundo con instalaciones de un avanzado desarrollo
tecnológico.

La planta de Reducción o de "celdas
electrolíticas" es el corazón del proceso de
producción del aluminio.

Allí se disuelve la alúmina en un medio
electrolítico de criolita fundida sobre los 950 °C,
descomponiéndola en sus dos elementos básicos:
oxígeno y aluminio. El oxígeno es atraído
por los ánodos hacia la parte superior de la celda, es
quemado y convertido en dióxido de carbono en el
"ánodo". El aluminio, a su vez, va hacia el fondo del
recipiente por los cátodos y se extrae fundido
(líquido) por succión hacia el crisol, para ser
enviado a la Planta de Fundición.

El proceso de reducción del aluminio es continuo
y las celdas se trasegan cada 24 horas 365 días al
año. El complejo de reducción de Alcasa está
compuesto por las líneas de celdas I,II,III y IV. Las dos
primeras fueron las pioneras en la actividad de ALCASA, iniciando
sus operaciones en 1967.

En Venalum el área de Reducción
está compuesta por Complejo I, II y V- Línea, para
un total de 900 celdas. Así mismo, en la V-Línea
existen 5 celdas del tipo V-350, un proyecto desarrollado por
ingenieros venezolanos.

En la Planta de Fundición se preparan las
aleaciones de aluminio de acuerdo con los requerimientos del
cliente.

El metal proveniente de las celdas de reducción,
que es 99,8% aluminio puro, se vacía en los hornos de
retención donde se le añaden otros metales como el
titanio, magnesio, cobre o hierro, para preparar las distintas
aleaciones. El metal líquido dentro de los hornos es
sometido a diversos análisis y controles de calidad, para
luego ser transferido a la mesa de colada respectiva. En el
proceso de colada se vierte el metal líquido a
través de canales, a los diferentes moldes que son
enfriados por agua. El producto final es aluminio primario en
forma de lingotes para refusión y cilindros para
extrusión.

Monografias.com Figura
8. Cilindros para Extrusión

Monografias.com Figura
9. Lingotes de 22 kg.

El aluminio es un material sin igual por sus
características:

• Es liviano.

• No tóxico.

• Resistente a la corrosión.

• Excelente conductor del calor y la
electricidad.

• No magnetizable.

• Reflector.

• Es reciclable.

• Muy buena apariencia.

3.2.3 PROCESOS DE COLADA Este proceso se inicia
con la recepción del aluminio líquido que ingresa a
la Sala de Colada a través de un crisol el cual es
transportado en una carreta porta crisol que va siendo remolcada
por un tractor desde la Sala de Reducción. Este metal
líquido es recibido conjuntamente con una muestra hecha
con un molde tipo libro, que posteriormente es enviada por el
correo neumático al laboratorio donde es analizada con un
espectrofotómetro emitiendo los resultados del
análisis por red computarizada (ver figura 10 y
11).

Monografias.comFigura
10. Crisol procedente del área de
Reducción

Monografias.comFigura
11. Elaboración de la Muestra

Una vez realizada esta operación, el crisol es
colocado en una balanza de pesaje para determinar que cantidad de
aluminio ingresa, en ese momento también se realiza una
inspección visual en el interior del mismo, verificando si
el aluminio líquido posee restos de baño,
alúmina o cualquier otro tipo de impurezas. Seguidamente,
se introduce una termocupla en el metal y se lee la temperatura
en el termómetro digital, es importante mencionar que la
temperatura del metal líquido puede oscilar entre 770
– 880 ºC, de ese mismo modo se determina
también en el metal, mediante vía
electrónica, el contenido de hierro (ver figura
12).

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Figura 12. Área de Pesaje

Luego que el aluminio líquido ha sido sometido a
inspecciones y mediciones, el crisol es pesado dicho en conjunto
con la carreta porta crisol, Estando ya vacío, este es
colocado en la carreta porta crisol y pesado nuevamente y, por
diferencia se determina la cantidad de metal recibido.

Una vez que el crisol con el aluminio líquido ya
esta revisado, pesado y verificado su temperatura y
composición; entonces es tapado y colocado, mediante una
grúa, sobre una gandola situada transversalmente en la
sala de colada que recibe el crisol con metal líquido y lo
lleva hasta la planta destino cliente, en donde es tomado para su
procesamiento posteriormente el crisol es devuelto a Venalum
donde es pesado nuevamente.

En caso de que el metal líquido sea enviado a los
hornos de retención, se debe tomar en cuenta para esto el
análisis químico que ya se le ha hecho previamente
al material y que de acuerdo a ello se va a definir en cual de
los hornos de retención se va a procesar. Para el proceso
de carga y preparación de metal en dichos hornos se
requiere tanto de la adición de metal líquido como
de metal sólido y aleantes y prueba de eso es que en estos
se mezclan los distintos componentes como lo son Si, Fe, Mg,
chatarra, etc., según la aleación que se requiera
producir. (Ver figura 13)

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Figura 13. Recepción, pesaje, despacho y
distribución del líquido

Antes de proceder a la adición de aleantes debe
tomarse en cuenta, las especificaciones del cliente, la cantidad
de escoria en el metal y la temperatura, para así evitar
que se prepare el metal fuera de grado o de especificaciones.
Después de la adición de los aleantes, el metal es
agitado para garantizar la total disolución y homogeneidad
de los mismos. Posteriormente se toman muestras para realizar el
análisis químico, con la finalidad de verificar si
el metal aleado está dentro de las especificaciones
químicas exigidas. Por otra parte una vez obtenido el
análisis químico, y a una temperatura adecuada el
metal es procesado en las unidades de Colada Vertical y
Horizontal.

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Figura 14. Disposición del metal liquido en
los hornos

3.2.3.1 COLADA DE PRODUCTOS HORIZONTALES
Dependiendo de la composición del metal exigido por el
cliente, en la colada de productos horizontales se fabrican los
lingotes de 680, 22 Kg., destinados para la
comercialización.

Para fabricar lingotes de 680 Kg. estos deben efectuarse
en una rueda giratoria. El llenado de los moldes se realiza en
forma discontinua, es decir, el metal fluye por un canal hasta
llegar al molde en posición y luego se gira la rueda por
un sistema hidráulico con la finalidad de colocar otro
molde debajo del canal. El proceso de enfriamiento para este tipo
de lingotes es:

 

ü Enfriamiento en la rueda
lingotera:
se abre lentamente la válvula
principal y el agua fluye a través de lo aspersores
inferiores laterales y superiores. Una vez realizado el ciclo de
enfriamiento, los lingotes son transportados hasta la balanza, y
se colocan sobre ella se pesan y se registra en la hoja de
control, luego son transportada al área de almacenamiento.
En la figura 15 se presenta gráficamente el proceso de
fabricación y almacenamiento de lingotes de 680
kg.

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Figura 15. Fabricación y almacenamiento de
lingotes de 680 Kg.
En cuanto a la fabricación de los
lingotes de 22 kg estos se efectúan en líneas
lingoteras horizontales. Cada máquina consta de doscientos
doce (212) moldes, cinco (5) moldes que producen los lingotes
base y cuarenta y ocho (48) moldes formando el resto del bulto.
Las máquinas lingoteras constan de canales de
distribución de metal, de válvulas reguladoras de
agua y de un sistema de alimentación de bajo nivel para el
llenado correcto de los moldes. El proceso de enfriamiento para
este tipo de lingotes puede dividirse en dos (2)
etapas:

ü Enfriamiento primario en la máquina
lingotera (de 730ºC a 500ºC):
Este enfriamiento se
efectúa en la misma máquina lingotera por medio de
aspersores colocados por debajo de los moldes. Para ello, se
realiza un rociado con agua durante el recorrido de la
línea, lo que hace que la temperatura del lingote
disminuya desde unos 730ºC a unos 500 ó
400ºC.

ü Enfriamiento en el túnel:
La segunda fase de enfriamiento para este tipo de lingotes, se
realiza a través de un sistema tipo túnel. En este,
los lingotes son sometidos a una intensa lluvia de agua,
utilizando aspersores, lo cual permite reducir la temperatura del
lingote desde 500º y 500ºC hasta 300-230ºC,
aproximadamente en solo 45 seg. Al final del túnel existe
un sistema de ventilación forzada, el cual retira el agua
acumulada en la superficie del lingote. Desde la salida del
túnel de enfriamiento, los lingotes son transportados por
un transportador horizontal y entregados a un apilador
automático que los agrupa, colocando cinco (4) lingotes
planos sobre 5 lingotes bases.

Una vez formado los bultos de cincuenta y tres (53)
lingotes cada uno, se trasladan por medio de un montacargas hasta
la salida de la sala de colada y lo lleva hacia la balanza, para
obtener su peso. Se anota el peso en la hoja de control y se
codifica el bulto con su peso, número de colada, el
número de bulto y la identificación del cliente.
Estando ya flejados y codificados, los bultos son trasladado
hasta el patio de almacenamiento, ubicándolos en el
área asignada.

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Figura 16. Fabricación y almacenamiento de
lingotes de 22 kg.

3.2.3.2 COLADA DE PRODUCTOS VERTICALES En el
área de productos verticales en la Sala de Colada se
fabrican cilindros de diferentes diámetros y longitudes,
los cuales son sometidos a un proceso de homogeneizado y corte,
para su comercialización y posterior uso en procesos de
extrusión. Para la fabricación de estos cilindros
se utiliza la mesa de colada. En ella, el producto va
descendiendo hasta la fosa, a medida que se va formando, para
luego ser extraído y sometido a un proceso de tratamientos
térmicos con el fin de homogenizar su estructura
interna.

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Figura 17. Fabricación y almacenamiento de
cilindros para extrusión

3.3 PRODUCTOS La empresa CVG VENALUM produce
aluminio de acuerdo a las especificaciones de los clientes
nacionales e internacionales. La demanda de los productos es
conocida, se produce en forma continua y se distribuye los
pedidos por lote. El aluminio producido sale de las formas como
se indica en la siguiente figura

Lingotes de 670 Kg.

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Lingotes de 22 Kg.

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Lingotes de 10 Kg.

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Cilindros para Extrusión

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Figura 18. Productos de CVG Venalum Fuente:
Intranet CVG Venalum

3.4 BASES LEGALES. 3.4.1 LEY SOBRE
SUSTANCIAS, MATERIALES Y DESECHOS PELIGROSOS
Gaceta
Oficial N 5.554 Extraordinario de fecha 13 de noviembre de
2001
La Asamblea Nacional De La Republica Bolivariana De
Venezuela Decreta La Siguiente, Ley Sobre Sustancias, Materiales
Y Desechos Peligrosos

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.
Esta Ley tiene por objeto regular la generación, uso,
recolección, almacenamiento, transporte, tratamiento y
disposición final de las sustancias, materiales y desechos
peligrosos, así como cualquier otra operación que
los involucre, con el fin de proteger la salud y el
ambiente.

Artículo 2. También serán
objeto de regulación, en todo lo relativo a la incidencia
y a sus efectos en la salud y en el ambiente, aquellas sustancias
y materiales peligrosos y otros similares, de origen nacional o
importado, que vayan a ser destinados para uso agrícola,
industrial, de investigación científica,
educación, producción u otros fines.

Artículo 3. Se declara de utilidad
pública e interés social el control de la
utilización de sustancias y materiales peligrosos, la
recuperación de los materiales peligrosos, y la
eliminación y disposición final de los desechos
peligrosos.

Artículo 4. La falta de certeza
científica no podrá servir de fundamento para
postergar la adopción de medidas preventivas y correctivas
que fueren necesarias para impedir el daño a la salud y al
ambiente.

Artículo 5. Se prohíbe la
introducción de desechos patológicos y peligrosos
al país, de conformidad con lo establecido en el
Artículo 9, numerales 4 y 5 de este Ley.

Artículo 6. Se prohíbe la descarga
de sustancias, materiales o desechos peligrosos en el suelo, en
el subsuelo, en los cuerpos de agua o al aire, en
contravención con la reglamentación técnica
que regula la materia.

Artículo 7. Se prohíben todos los
usos, importación y distribución de los productos
químicos contaminantes orgánico-persistentes, a
excepción del diclorodifeniltricloroetano (DET), que
podrá ser utilizado en forma restringida, y sólo
por los organismos oficiales, bajo la supervisión del
Ministerio de Salud y Desarrollo Social, y con la
aprobación, del Ministerio del Ambiente y de los Recursos
Naturales, en caso de requerirse para control de epidemias. La
lista de productos químicos contaminantes
orgánico-persistentes, será determinada por la
reglamentación técnica y los convenios
internacionales ratificados por la República que regulen
esta materia.

Artículo 8. La comercialización de
sustancias o materiales peligrosos entre países
será regulada de acuerdo a lo establecido en la
legislación nacional y en los convenios internacionales
que rigen la materia.

Artículo 9. A los efectos de esta Ley, se
entiende por

1. Almacenamiento de desechos peligrosos:
depósito temporal de desechos peligrosos bajo condiciones
controladas y ambientalmente seguras, sin que se contemple
ninguna forma de tratamiento ni transformación inducida de
los desechos almacenados.

2. Aprovechamiento de materiales peligrosos
recuperables:
las operaciones o procesos destinados a extraer
y utilizar materias primas o energía de materiales
recuperables.

3. Desecho: material, sustancia, solución,
mezcla u objeto para el que no se prevé un destino
inmediato y debe ser eliminado o dispuesto en forma
permanente.

4. Desecho patológico: desecho
biológico o derivado biológico que posea la
potencialidad de causo enfermedades en todo ser vive.

5. Desecho peligroso: material simple o
compuesto, en estado sólido, liquido o gaseoso que
presenta propiedades peligrosas o que está constituido por
sustancias peligrosas, que conserva o no sus propiedades
físicas químicas o biológicas y para el cual
no se encuentra ningún uso, por lo que debe implementarse
un método de disposición final. El término
incluye los recipientes que los contienen o los hubieren
contenido.

6. Disposición final de desechos
peligrosos:
operación de depósito permanente
que permite mantener minimizadas las posibilidades de
migración de los componentes de un desecho peligroso al
ambiente, de conformidad con la reglamentación
técnica que rige la materia

7. Eliminación de desechos peligrosos:
proceso de transformación de los desechos peligrosos,
previo a la disposición final, cuyo objetivo no sea el
aprovechamiento de alguno de sus componentes ni de su contenido
energético, ni conduzca a la recuperación de los
compuestos resultantes.

8. Fuente de radiación ionizante:
cualquier dispositivo o material que emita radiación
ionízame en forma cuantificable.

9. Manejo: conjunto de operaciones dirigidas a
darle a las sustancias, materiales y desechos peligrosos el
destino más adecuado, de acuerdo con sus
características, con la finalidad de prevenir daños
a la salud y al ambiente. Comprende la generación,
minimización, identificación.
caracterización, segregación, recolección,
almacenamiento, transporte, tratamiento, disposición final
o cualquier otro uso que los involucre. 10. Material
peligroso:
sustancia o mezcla de sustancias que por sus
características físicas, químicas o
biológicas es capaz de producir daños a la salud, a
la propiedad o al ambiente. Incluye los materiales peligrosos
recuperables. Para los fines de la presente Ley, los materiales
peligrosos estarán clasificados de acuerdo con lo
especificado en la reglamentación técnica vigente y
en los convenios o tratados internacionales ratificados
válidamente por la República.

11. Material peligroso recuperable: material que
reviste características peligrosas que después de
servir para un propósito específico todavía
conserva propiedades físicas y químicas
útiles y, por lo tanto, puede ser reusado, reciclado,
regenerado o aprovechado con el mismo propósito u otro
diferente.

TÍTULO II

DE LAS SUSTANCIAS, MATERIALES Y DESECHOS
PELIGROSOS

Capítulo I

Del Uso y Manejo de las Sustancias y Materiales
Peligrosos

Artículo 27. El uso y manejo de las
sustancias o materiales peligrosos deberá llevarse a cabo
en las condiciones sanitarias y de seguridad establecidas en la
reglamentación técnica, de forma tal que garanticen
la prevención y atención a los riesgos que puedan
causar a la salud y al ambiente.

Artículo 28. En la Reglamentación
Técnica, cuando una sustancia o material peligroso
presente más de un riesgo su clasificación
estará determinada por el riesgo mayor.

Artículo 29. Las personas naturales o
jurídicas, públicas o privadas responsables del uso
y manejo de las sustancias o materiales peligrosos deben adoptar
las medidas de prevención aplicables a sus trabajadores
para garantizar su seguridad, así como la
protección de la salud y el ambiente, de conformidad con
las disposiciones establecidas en las leyes y
reglamentación técnica sobre la materia.

Artículo 30. El transporte de sustancias o
materiales peligrosos deberá realizarse en condiciones que
garanticen su traslado seguro, cumpliendo con las disposiciones
de esta Ley y las establecidas en la reglamentación
técnica. Los conductores de las unidades de transporte
deberán portar entre sus documentos: el plan de
emergencia, la hoja de seguridad, la de seguimiento de datos
técnicos, la póliza de seguro, la guía de
despacho y el registro expedido por la autoridad competente,
así como los equipos necesarios para atender cualquier
contingencia. Las unidades de transporte deben identificarse, de
conformidad con lo establecido en la reglamentación
técnica que rige la materia, notificando previamente la
ruta de movilización a los organismos
competentes.

Artículo 31. No se podrán
transportar sustancias, materiales o desechos peligrosos en
vehículos dedicados al transporte de pasajeros, alimentos,
animales, agua potable u otros bienes de consumo susceptibles de
contaminación. Tampoco se podrá trasladar en un
mismo vehículo sustancias, materiales y desechos
peligrosos diferentes que sean incompatibles entre sí, de
acuerdo a lo establecido en la reglamentación
técnica que rige la materia.

Artículo 32. El diseño y
ubicación del lugar de almacenamiento de sustancias o
materiales peligrosos deben ser realizados de acuerdo con la
naturaleza de los materiales a ser almacenados, conforme a lo
establecido en la reglamentación técnica que rige
la materia.

Artículo 33. El manejo de materiales
peligrosos recuperables tendrá como propósito
fundamental su recuperación para el reuso o el reciclaje
con fines industriales, comerciales, docentes o de
investigación.

Artículo 34. La recuperación de los
materiales peligrosos sólo podrá llevarse a cabo si
el producto resultante reúne las condiciones sanitarias,
de seguridad y de calidad exigidas por las normas de
fabricación existentes, si el proceso se realiza en
concordancia con la reglamentación técnica; y si
cumple con el resto de las regulaciones establecidas para los
casos de materiales controlados por motivos de seguridad, defensa
y uso restringido.

Artículo 35. Los productos obtenidos de
procesar cualquier material peligroso recuperable que vayan a ser
ofertados en el mercado deben indicar que son materiales
recuperados y cumplir con los requerimientos establecidos en el
Artículo 17 de esta Ley.

Artículo 36. Los materiales peligrosos
recuperables podrán ser objeto de comercialización
para su procesamiento posterior, siempre y cuando cumplan con las
condiciones establecidas en la reglamentación
técnica para su uso y manejo. Si el material va a ser
exportado, el proceso de exportación deberá
realizarse de conformidad con lo establecido en las leyes y
convenios internacionales sobre la materia, ratificados
válidamente por la República.

Artículo 37. Los materiales peligrosos que
no puedan ser objeto de recuperación se consideran
desechos peligrosos y su manejo debe realizarse de conformidad
con las disposiciones contenidas en esta Ley y en la
reglamentación técnica que rige la
materia.

Capítulo II

Del Manejo de los Desechos Peligrosos

Artículo 38. El manejo de los desechos
peligrosos deberá llevarse a cabo en las condiciones
sanitarias y de seguridad establecidas en la
reglamentación técnica, de forma tal que se
garantice la prevención y el control de los riesgos a la
salud y al ambiente.

Artículo 39. Cuando un desecho peligroso
se mezcla con otros desechos o materiales no peligrosos, la
mezcla resultante preserva su condición de desecho
peligroso y deberá ser manejado de acuerdo con las
disposiciones de esta Ley y con lo que establezca la
reglamentación técnica que rige la
materia.

Artículo 40. Las operaciones de
almacenamiento, tratamiento, eliminación y
disposición final de desechos peligrosos, así como
los sitios destinados para tales fines deberán reunir las
condiciones de seguridad y control de la contaminación, de
tal modo que se garantice el cumplimiento de la
reglamentación técnica sobre la materia.

Artículo 41. Ningún desecho
peligroso podrá permanecer en un almacén o sitio de
carácter temporal un tiempo mayor al máximo
establecido en la reglamentación técnica
respectiva.

Artículo 42. El traslado de los desechos
peligrosos deberá realizarse en unidades de transporte que
garanticen condiciones seguras, tanto si se trata de desechos
envasados, a granel, en tanques o cisternas, de conformidad con
las disposiciones establecidas en las leyes y
reglamentación técnica que regula la
materia.

Artículo 43. Las unidades de transporte
que trasladen desechos peligrosos deberán dar cumplimiento
a lo establecido en el Artículo 30 de esta Ley.

Artículo 44. La ubicación de
centros para realizar operaciones de almacenamiento, tratamiento,
incineración y disposición final de desechos
peligrosos estará sujeta al cumplimiento de las
disposiciones legales sobre evaluaciones ambientales de
actividades susceptibles de degradar el ambiente. La
ubicación de estos centros será fuera de cualquier
polígono urbano, cumpliendo con las normas regulatorias
del ordenamiento territorial. Así mismo, en los
hábitat y tierras de los pueblos indígenas, la
ubicación de estos centros deberá ser sometida a
consulta y aprobación por parte de aquellos pueblos y
comunidades que pudieran resultar afectados directa o
indirectamente.

Artículo 45. La disposición final
de desechos peligrosos no radiactivos sólo podrá
realizarse en rellenos de seguridad debidamente autorizados por
el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales, y
cumpliendo con la reglamentación técnica que rige
la materia.

Artículo 46. En el caso de los desechos
peligrosos abandonados, depositados o tratados en forma contraria
a lo establecido en esta Ley y en los demás instrumentos
normativos sobre la materia, las autoridades competentes
ordenaran de oficio, el manejo adecuado de dichos desechos a
expensas del responsable de su abandono o disposición
inadecuada, imponiendo además las sanciones a que haya
lugar.

3.4.2 Norma Covenin 3060 NORMA VENEZOLANA
MATERIALES PELIGROSOS.

CLASIFICACIÓN, SÍMBOLOS Y DIMENSIONES
DE SEÑALES DE IDENTIFICACIÓN

COVENIN 3060 (1ra
Revisión)

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1 OBJETO Esta Norma Venezolana establece la
clasificación de riesgos, los símbolos y las
dimensiones de las señales de identificación que se
deben utilizar para los materiales peligrosos, cualquiera sea su
forma o tipo de empaque.

En el anexo A se presenta el Sistema de
Identificación de Riesgos de materiales peligrosos para
respuesta de emergencia el cual puede utilizarse
opcionalmente.

2 REFERENCIAS NORMATIVAS Las siguientes normas
contienen disposiciones que al ser citadas en este texto,
constituyen requisitos de esta Norma Venezolana. Las ediciones
indicadas estaban en vigencia en el momento de esta
publicación. Como toda norma está sujeta a
revisión, se recomienda a aquellos que realicen acuerdos
con base en ellas, que analicen la conveniencia de usar las
ediciones más recientes de las normas citadas
seguidamente.

COVENIN 96-91 Símbolo básico para
radiaciones ionizantes.

3 CLASIFICACIÓN La Organización de
las Naciones Unidas (ONU) ha asignado un número de cuatro
(4) dígitos para identificar los materiales peligrosos y
ha establecido una clasificación de riesgos dividida en 9
grupos, algunos de los cuales se han subdividido de acuerdo al
peligro que representan. El orden establecido no indica grado de
peligro.

Los números de clase y división tienen los
siguientes significados:

Clase 1: Explosivos División 1.1
Explosivos con riesgo de explosión en masa División
1.2 Explosivos con riesgo de proyección División
1.3 Explosivos con riesgo predominante de incendio
División 1.4 Explosivos sin riesgo significativo de
explosión División 1.5 Explosivos muy insensibles;
agentes explosivos División 1.6 Materiales detonantes
extremadamente insensibles Clase 2: Gases División
2.1 Gases inflamables División 2.2 Gases comprimidos no
inflamables, no tóxicos División 2.3 Gases
tóxicos* por inhalación División 2.4 Gases
corrosivos Clase 3: Líquidos inflamables Clase
4: Sólidos inflamables, materiales espontáneamente
combustibles y materiales peligrosos al humedecerse

División 4.1 Sólidos inflamables División
4.2 Materiales espontáneamente combustibles
División 4.3 Materiales peligrosos al humedecerse Clase
5: Oxidantes y peróxidos orgánicos

División 5.1 Oxidantes División 5.2
Peróxidos orgánicos Clase 6: Materiales
tóxicos* y sustancias infecciosas
División 6.1
Materiales tóxicos* División 6.2 Sustancias
infecciosas Clase 7: Materiales radioactivos Clase 8:
Materiales corrosivos
Clase 9: Materiales peligrosos
misceláneos

4 ETIQUETAS Y SÍMBOLOS

4.1 Los materiales peligrosos en empaques que no
sean a granel (bolsas, sacos, botellas, cajas, garrafas,
cilindros, tambores, latas, bidones, empaques multiceldas y
barricas con las siguientes capacidades: líquidos, volumen
interno £ 450 L; sólidos, capacidad £ 400 kg y
gases comprimidos, capacidad de agua £ 454 kg) deben r
identificarse de acuerdo a su Clase y División con las
etiquetas y símbolos cuyas características
estándar se señalan a continuación,
exceptuando los casos particulares que se indiquen en la Tabla
1.

Características
estándar
:

a) Dimensiones mínimas de la etiqueta: 100 mm x
100 mm b) Borde interior: con un ancho entre 5 a 6,3 mm en color
negro c) Dimensiones de los números de Clase o
División: 6,3 a 12,7 mm alto, en color negro d)
Dimensiones de la leyenda: 7,6 mm de alto mínimo, en
mayúsculas de color negro

4.2 Disposición de las etiquetas
4.2.1 Aspectos generales

4.2.1.1 Exceptuando lo estipulado en los puntos
4.2.2 y 4.2.5, cada etiqueta debe:

i) Ser impresa o fijada en la superficie (así
como en los topes) del empaque o contenedor que contiene le
material peligrosos; y ii) Si las dimensiones del empaque lo
permiten, la etiqueta debe colocarse cerca del nombre apropiado
del embarque.

4.2.1.2 Exceptuando lo estipulado en el punto
4.2.5, no se requiere etiquetar el paquete o contenedor por
duplicado.

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